Sede vacante es el período y las circunstancias especiales que se dan cuando una diócesis o iglesia particular queda sin obispo o pastor. Para evitar un vacío absoluto de poder, estas circunstancias están previstas detalladamente en los cánones 416-430 del Código de Derecho Canónico.[1] La expresión proviene del latín y significa que el sitio está vacío, refiriéndose a la cátedra de una iglesia en particular.